21.12.10


'Ley Sinde': Juzguen ustedes 


A. Lo que la gente cree que supone la Ley Sinde:

Antonio Delgado:

"La ley Sinde está pensada para para quitarse de en medio a los jueces y sustituirlos por un órgano administrativo. Si la justicia no ha dado la razón a la industria en sus demandas de cierre de páginas de enlaces, la “solución” era saltársela".


B. Lo que dice la (muy mejorable) Ley Sinde:


Proyecto de Ley(en PDF):

"1. La ejecución de las medidas para que se interrumpa la prestación de servicios de la sociedad de la información o para que se retiren contenidos que vulneren la propiedad intelectual, adoptadas por la Sección Segunda de la Comisión de Propiedad Intelectual en aplicación de la Ley 34/2002, de 11 de julio, de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico, requerirá de autorización judicial previa de conformidad con lo establecido en los apartados siguientes.

2. Acordada la medida por la Comisión, solicitará del Juzgado competente la autorización para su ejecución, referida a la posible afectación a los derechos y libertades garantizados en el artículo 20 de la Constitución".

C. Y ahora, unas preguntas al aire:

¿Son todas las webs medios de comunicación? Buen tema para el debate

La 'Ley Sinde' no contempla el cierre administrativo de webs pero ¿hay otros casos en que una autoridad administrativa cierre empresas o negocios? Sí. Cada día. Ayuntamientos que retiran licencias a locales, inspectores de trabajo que cierran empresas...

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23 Comments:

La diferencia de los cierres administrativos que comentas es que violan derechos fundamentales (los bares sin licencia el derecho a la salud), pero la propiedad no puede ser un derecho fundamental. El acceso a la cultura debería ser el derecho fundamental.

By Anonymous txarlie, at 21 de diciembre de 2010, 10:05  

No estoy de acuerdo con lo que dices, pero al menos hoy intentas argumentar y no solo trolleas, que no veas como te sobraste...

By Anonymous Anónimo, at 21 de diciembre de 2010, 10:08  

txarlie No veo ninguna ley que cierre bibliotecas, filmotecas... ni acceso a obras en CC, etcétera... (Parece que el acceso a la Cultura sigue intacto) El juez (si lees el texto legal) vigila que no se violen derechos fundamentales con el cierre de una web. Gracias por comentar. Anónimo: ¿se puede trolear en el blog de uno mismo? No lo sabía! :)

By Blogger Unknown, at 21 de diciembre de 2010, 10:19  

El juez no hace el cierre, lo autoriza. Es decir, el no juzga si hay vulneración de la propiedad intelectual, solo si ciertos derechos fundamentales pueden verse afectados por el cierre. ¿por qué no juzga la vulneración? Porque en la Ley de Propiedad Intelectual, como demuestran las 17 sentencias hasta la fecha, poner enlaces a contenido audiovisual,haya lucro o no, es completamente legal.

Este cierre administrativo se hace considerando la propiedad intelecutal un derecho fundamental y aplicando la Ley de Comercio Electrónico (LSSICE, la que el PSOE tenía en su programa electoral retirar si ganaba las elecciones del 2004). Si pasara eso con la propiedad física, no se podrían hacer expropiaciones para hacer AVEs o aeropuertos. Eso demuestra lo absurdo de esta ley.

By Anonymous txarlie, at 21 de diciembre de 2010, 10:24  

Como bien dice txarlie, el juez no decide si el cierre está justificado (por violación de los derechos) o no, sólo si el proceso de cierre por la comisión no vulnera derechos. Es decir, evitar a los jueces que interpretaban que no había delito en enlazar contenido ya existente para descarga (caso de seriesyonkis y otras).

Lo que no puede ser es que, como los jueces no les dan la razón, la solución pase por evitarles y dar un rodeillo. Por otro lado, tampoco parece normal que la Ministra de cultura sea juez y parte de todo el asunto. Y por último, es absurdo pretender ponerle límites a Internet, perjudicando a una mayoría, con tal de mantener un negocio algo obsoleto (las discográficas). Es como si los que vendían bloques de hielo, consiguiesen prohibir la fabricación de neveras "porque vulnera sus derechos y su medio de vida".

Adaptarse o morir. Por unos pocos, no vamos a pagar muchos.

By Anonymous G de Galleta, at 21 de diciembre de 2010, 10:36  

En el artículo que has publicado tú mismo hoy en El País:

"Corral recuerda que los jueces en España han declinado sancionar a
los dueños o gestores de tales páginas debido a la falta de un ánimo
de lucro claramente definido tal y como requiere el Código Penal (...)
pero cree que, si un cuerpo administrativo ordenase su bloqueo, los
jueces probablemente lo autorizasen"

Es decir, crear un cuerpo administrativo para que se adelante a los jueces.

Luego se puede recurrir ante los jueces, pero sabemos cuánto tiempo tardaría en procesarse el recurso o sucesivos recursos, ¿verdad? Y mientras tanto, la web cerrada (y todas descargando lo mismo pero desde el emule).

By Anonymous Marta, at 21 de diciembre de 2010, 10:40  

El derecho a la cultura es un derecho fundamental que nadie esta vulnerando.Lo que si se esta vulnerando es el derecho a la propiedad intelectual,es decir que alguien cobre por un trabajo que realiza y el derechjo a la cultura no implica que nadie se baje un disco,una pelicula o un libro gratis de internet....

By Anonymous Anónimo, at 21 de diciembre de 2010, 10:51  

Eso es Marta, el cierre en 4 días, ¿pero el recurso? ¿4 años? ¿Eso es igualdad ante la ley?

Hoy la blogosfera socialista da una mezcla entre pena y asco.

By Anonymous txarlie, at 21 de diciembre de 2010, 10:51  

Anonimo #7, con ese argumento deberíamos quitar de las bibliotecas los libros que no estén en dominio público. Eso, o cobrar por los prestamos. ¿Cual de las dos es tu opción?

By Anonymous txarlie, at 21 de diciembre de 2010, 10:53  

No, querido,las bibliotecas estan para prestar libros que se devuelven para que otros los puedan disfrutar y la biblioteca COMPRA los libros con lo cual ya han pagado los derechos de autor.No es lo mismo que bajarse un libro,un disco o un una pelicula by the face,no crees?

By Anonymous Anónimo, at 21 de diciembre de 2010, 11:01  

En un mundo digital en el que el coste de la copia es cero, no entiendo la diferencia entre bajar y prestar. Cosas de la tecnología.

El que la ha subido a internet también ha comprado el dvd o ha pagado una entrada de cine. ¿Que diferencia hay? ¿Que no lo organiza el estado?

By Anonymous txarlie, at 21 de diciembre de 2010, 11:10  

Parece claro, pues, que la libertad de expresión (que es lo que a mí me importa) queda salvaguardada por una decisión judicial. ¿Que una comisión de expertos juzgue si se vulnera o no la PI? No me parece mal.

By Blogger Unknown, at 21 de diciembre de 2010, 11:21  

No voy a entrar a valorar la ley.
Pero meter los artículos referidos a los derechos de autor en una ley sobre economía sostenible y luego recurrir a el mecanismo de "procedimiento de competencia legislativa plena" para aprobarla me parecen razones suficientes como para oponerse a que se apruebe esta ley.
Eso sí, no estoy en contra de debatir y estudiar si podría ser necesario cambiar la legislación al respecto; pero bien hecho.

By Blogger silvavlis, at 21 de diciembre de 2010, 11:29  

Si yo tuviera una web de enlaces pondría en todas las páginas un párrafo criticando al gobierno, a la oposición, al papa, al rey, a las multinacionales, a Cuba, a EEUU, etc... expresando una opinión lo más "política" posible. Es decir que el juez tenga que permitir, al menos formalmente, que se cierra una pagina que está expresando opiniones políticas.

By Anonymous Joan, at 21 de diciembre de 2010, 11:33  

No soy experto en leyes, pero...

ANTES:
1.- Una web hace algo que molesta a una empresa grande.
2.- La empresa grande demanda a la web.
3.- Los jueces deciden si la web hace algo ilegal, y en ese caso ordena su cierre. Todo el proceso, incluyendo un cierre cautelar, puede durar 2 o 3 meses.
Nótese que es el mismo proceso que para cualquier particular que pueda ver sus derechos perjudicados por las acciones de otro.

AHORA:
1 y 2.- Igual.
3.- El juez decide si se vulnera algún derecho fundamental DEL DEMANDADO si se cerrase su web.
4.- Si no se vulnera, LA COMISIÓN creada por la LEY SINDE ordena el cierre de la web.
5.- El responsable de la web puede reclamar al Maestro Armero, o sea, a los tribunales. Que le darán la razón como ha ocurrido hasta ahora, pero 4 años después.
Y este proceso es especial y diferente del que puede seguir el resto de los mortales. Por ejemplo, una empresa embotelladora de leche no puede conseguir el cierre administrativo de otra por una vulneración de marca registrada, sino que tiene que ir a los tribunales.

By Anonymous Anónimo, at 21 de diciembre de 2010, 11:37  

Toño, ¿te parece bien que una comisión de expertos decida lo que no es legal? ¿Aunque según la ley de propiedad intelectual sea legal? ¿Los expertos valen más que la ley escrita?

El concepto de estado de derecho de algunos bloggers da mucho miedito.

By Anonymous txarlie, at 21 de diciembre de 2010, 11:39  

Silvavlis, totalmente de acuerdo contingo.

Anónimo: buen resumen de cómo las leyes se adaptan a las circunstancias para evitar un mal a la comunidad (y sí, quizá causando un mal a un particular)

Dura lex, sed lex

By Blogger Unknown, at 21 de diciembre de 2010, 11:41  

Da igual lo que opinemos o juzguemos... Por lo que veo, las últimas noticias parecen indicar que sacarán esta Ley...

By Blogger Churro, at 21 de diciembre de 2010, 11:47  

Toño,

No se están adaptando las leyes para evitar un mal a la comunidad sino para proteger una industria que no se quiere adaptar a los tiempos. Con la ley vigente no es delito el poner un enlace a un contenido protegido con derechos de autor, y no va ser delito con la Ley Sinde. Se trata de hacer una nueva ley para que no se aplique la vigente (o sea, como los tribunales no nos dan la razón, evitamos preguntarles).

A lo mejor la industria audiovisual debería plantearse inundar Internet con sus contenidos a unos precios razonables. Está demostrado que la gente paga por una buena oferta (véase el caso Amazon con libros, o Netflix con vídeos, o iTunes con la música).

By Anonymous Anónimo, at 21 de diciembre de 2010, 11:52  

Caramba, Toño, me decepcionas. Te creía más informado y despierto, y pensaba que los artículos de estos últimos días eran irónicos, pero veo que no, que te engañas.

Si no ves nada malo en la forma y el fondo de esta ley, y si como el PSOE te cubres en que hay tutela judicial cuando la realidad es que el juez no pinta nada y es un comité CON INTERESES el que decide si la web cae o no, entonces me he equivocado completamente todo este tiempo cuando leía tu blog.

Una pena.

By Anonymous Anónimo, at 21 de diciembre de 2010, 12:48  

Queda meridianamente claro en :
http://www.enriquedans.com/index.php?p=11187

Vamos , la Ley Sinde es un atropello.

By Anonymous Anónimo, at 21 de diciembre de 2010, 12:52  

Os invito a conocer mi opinión sobre esta señora y su famosa ley aquí:

http://observadorsubjetivo.blogspot.com/2010/12/mentiras-y-gordas-o-la-otra-sinde.html

By Blogger observador subjetivo, at 22 de diciembre de 2010, 0:05  

No se si se habrá dicho ya, pues no he leido todos los comentarios; pero la ley sinde es una burda maniobra del gobierno para cerrar webs non gratas, bajo la apariencia de la protección de la ley intelectual.

By Blogger Sr. X, at 5 de enero de 2011, 18:55  

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